El cambio que los dominicanos demandamos del presidente Abinader implica, eliminar los planes de retiro privilegiados financiados por el Estado; pensionar a los ex trabajadores cañeros, otorgar más pensiones solidarias y descongelar las pensiones
El otorgamiento de pensiones onerosas y privilegiadas se produce constantemente como resultado de la vigencia de un sistema de reparto que asigna el monto de las pensiones sin ninguna correspondencia con los aportes realizados durante la vida laboral.
No sólo se trata de las pensiones de los administradores del Banco de Reservas, y del gobernador del Banco Central. Es una práctica muy extendida, que incluye a todos los funcionarios de alto rango de las instituciones autónomas y descentralizadas, así como a los favoritos del poder político.
Recordemos las pensiones que se auto otorgaron los ex miembros de la JCE, de las superintendencias, del poder judicial, de la Cámara de Cuentas, y los senadores y diputados. Estas instituciones se auto excluyeron del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), para evadir la solidaridad social y disfrutar de escandalosos privilegios.
El clientelismo extiende esos privilegios, como es el caso del ex procurador adjunto, con una pensión de 157,000. También, incluye a artistas y deportistas que nunca laboraron ni cotizaron al sistema de retiro, y que reciben pensiones muy superiores a las de cientos de miles de empleados públicos con dos y tres décadas de servicio y aportes.
Oficiales se han quejado por la asignación de pensiones notoriamente desiguales, entre militares del mismo rango. Ejemplo, el caso de un coronel que recibió una pensión de 200,000, a pesar de su retiro anticipado, mientras a otros coroneles, con 35 años de servicio, apenas les tocaron 23,500, es decir, 8.5 veces menos.
El sistema público vigente le permite a una élite establecer planes de retiro privilegiados, a su medida, para pensionarse con un alto porcentaje del último salario. Al poder auto asignarse sus propios sueldos, luego de cuatro u ocho años salen pensionados en base a un salario mensual sobre el cual nunca cotizaron.
Obviamente, estos privilegios representan un costo muy excesivo, cubierto por el Estado Dominicano con los impuestos de todos los dominicanos, víctimas de un sistema tributario regresivo que penaliza el consumo de los bienes y servicios, mientras reduce los impuestos a la propiedad y a las ganancias.
La ley del embudo elevada a su máxima potencia
Por otro lado, el poder adquisitivo de la gran mayoría de los pensionados y jubilados desciende porque las autoridades nacionales no cumplen con los artículos 43, 44 y 51 de la Ley 87-01 que dispone la actualización periódica del monto de las pensiones de acuerdo al índice de precios al consumidor.
Mientras el Estado otorga pensiones irritantes, desde hace más de 17 años cientos de miles de envejecientes esperan una pensión solidaria, según lo establece el artículo 63 de la Ley de Seguridad Social. En enero, a sólo 4 meses de las elecciones, Danilo Medina otorgó 5,777 pensiones solidarias, una ínfima proporción del universo.
Estas escandalosas pensiones acentúan aún más las desigualdades sociales contraviniendo la Constitución. Lo más paradójico es que, en la práctica, esa élite es la verdadera beneficiaria de las pensiones subsidiadas, ya que el Estado tiene que cubrir la enorme brecha entre lo que realmente aportaron al plan de retiro y los privilegios recibidos. Es la ley del embudo.
El cambio que los dominicanos demandamos del presidente Luis Abinader implica eliminar las pensiones privilegiadas. El cambio significa beneficiar a miles de ex trabajadores cañeros que reclaman una merecida pensión, en otorgar más pensiones solidarias a los pobres y en actualizar el monto de todas las pensiones, para evitar más miseria e indigencia.
Finalmente, un cambio verdadero y justo, implica eliminar todos los planes de retiro privilegiados financiados por el Estado con los impuestos de todos los dominicanos, para evitar que con los recursos públicos funcionarios puedan auto asignarse pensiones hasta 80 veces superiores a la pensión mínima. ADS/351/27/08/2020