ANDECLIP confirma caída de la demanda

Las ARS deberían ser las más interesadas en que se establezca la realidad y se actúe con equidad. Si en marzo hubo una reducción sustancial de la facturación de los centros de salud a las ARS, por justicia el pago por afiliado debe reducirse

El jueves 26 recibí una amable carta de ADARS señalando los servicios de emergencias, de cuidados intensivos y demás que están ofreciendo. Bien hecho por las ARS, porque toda la atención médica prestada y pagada entra en el cálculo que hemos propuesto, incluso los que corresponde al coronavirus, debidamente prescritos.

Además, la carta señala que, “aunque podría ser posible que se esté registrando una baja en la frecuencia colectiva de cuidados médicos por razones del Estado de Emergencia Nacional, esto sólo se sabrá con el tiempo y los análisis”.

Afortunadamente el sábado 28, dos días después, se produjo la declaración del presidente de   ANDECLIP.  El Dr. Rafael Mena confirmó que “los centros de salud privados han perdido más del 80% de los “clientes””, tras las medidas adoptadas por el Gobierno para contener la expansión del coronavirus.

Además, no hay que esperar mucho tiempo para conocer la realidad ya que las ARS envían un informe mensual a SISALRIL. Lo que hemos planteado es una metodología para determinar el nivel de reducción de las frecuencias y pagos, por lo que las ARS deberían ser las más interesadas en que se establezca la realidad y se actúe con justicia.  

Las declaraciones de ANDECLIP, le dan totalmente la razón a la FUNDACIÓN SEGURIDAD SOCIAL PARA TODOS (SSPT), cuando la semana pasada propuso la reducción de la cápita mensual que la TSS paga a las ARS, en proporción a la caída general, por causa de fuerza mayor, de la demanda de servicios médicos de los afiliados.

Aquí de lo que se trata es de establecer la verdad y actuar en consecuencia, sin perjudicar a nadie. Es fácil de comprobar y medir lo que ha planteado el Dr. Mena. Siempre hemos defendido la función que la Ley 87-01 le asigna a las ARS, pero nunca será al costo de perjudicar a los afiliados ni al Seguro Familiar de Salud (SFS).

Tan crítica es la reducción, según ANDECLIP, que su presidente ha solicitado, con justa razón, una “flexibilización en el pago del servicio eléctrico y de los préstamos bancarios”. Y esta reducción en la tarifa eléctrica debería aplicarse, sin solicitarla, a todas las empresas y muy especialmente, a todas las familias, no sólo por la emergencia sanitaria, sino por el notable descenso del precio del petróleo a nivel mundial. Por ejemplo, el Estado de la Florida ya descontó el 25% al costo de la tarifa eléctrica.

Derecho a la salud de los trabajadores cesantes

Mucha gente me ha preguntado qué es la cápita, porque la confunde con los aportes de los afiliados.  Los trabajadores, junto de sus empleadores, aportan el 10% del salario para pagar los servicios médicos que se demandarán durante el mes. Como el Plan de Salud es igual para todos, independientemente de cuánto pague cada trabajador, el CNSS estable un pago igual por persona (o per cápita) a las ARS.

De ese fondo común, cada mes la TSS le transfiere a cada ARS un pago de acuerdo a la cantidad de afiliados. Con ese dinero las ARS le pagan a las PSS por los servicios prestados.De modo que, si se confirma una reducción significativa de la demanda debido a esta emergencia nacional, las clínicas y centros médicos le van a facturar menos a las ARS y recibirán un pago mucho menor, anormal, por lo que de no reducirse la cápita, las ARS obtendrían una ganancia extraordinaria.     

Por otro lado, las noticias estiman en más de 880,000 los trabajadores asalariados que han quedado cesantes como resultado del estado de emergencia. La Ley 87-01, de Seguridad Social, en su artículo 124 garantiza el derecho a los servicios de salud por 60 días, a los afiliados que queden privados de un trabajo remunerado, desde luego, incluyendo a sus familiares. ADS/330/01/04/2020

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