REPRODUCCIÓN DE LA DESIGUALDAD SOCIAL

Si los ajustes anuales por inflación son justos y necesarios, ¿Por qué no se les aplican a todos los servidores públicos? ¿Por qué cada dos años y sólo al salario mínimo de los empleados privados? ¿Por qué no se extienden a los pensionados y jubilados? El país ha sido sorprendido por un alza desproporcionada de los salarios de los altos funcionarios de las instituciones autónomas y descentralizadas y de los Poderes del Estado, en medio de una situación nacional e internacional muy delicada, y de un endeudamiento externo preocupante. De acuerdo al sexto principio del artículo 5 de la Ley de Regulación de Salarios, ningún servidor público podrá devengar un salario mayor al del titular o titulares de los poderes del Estado. No obstante, en un país presidencialista, en el Estado existen 53 instancias donde sus incumbentes cobran más que el primer mandatario de la nación. Dentro de los funcionarios [Seguir Leyendo...]

Bien por ADAFP, pero falta más

Es oportuno el llamado de ADAFP para que los afiliados de ingreso tardío soliciten la entrega total del fondo acumulado. Hacemos un llamado a las AFP a mantener esta campaña y a ofrecer facilidades a los afiliados de las principales ciudades del país Es muy loable y oportuno el llamado de la Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP) a decenas de miles de afiliados de ingreso tardío a hacer uso de la disposición del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) de reclamar la entrega del saldo total acumulado. El CNSS resolutó que tendrán derecho a recibir, en un solo pago, el balance de la cuenta individual de aquellos afiliados: 1) que hayan cumplido 60 años y que tengan al menos 30 días cesantes; y 2) que hayan realizado la primera cotización al SDSS con 44 años o más al primero de junio del 2003, cuando se inició [Seguir Leyendo...]

IMPACTO DE LA INFLACIÓN EN LA SEGURIDAD SOCIAL

La Fundación Seguridad Social para todos (FSSPT) hace un llamado al Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) a dar un seguimiento estrecho a los principales factores internacionales y nacionales que inciden en el equilibrio financiero del SDSS para preservar los derechos de los afiliados La CEPAL acaba de publicar un informe en donde señala que en nuestro país los salarios perdieron un 10% de su poder adquisitivo solo entre el 2019 y el 2021, afectado por la pandemia. Pero lo más inquietante es que somos uno de los países de América Latina donde el daño ha sido mayor para los trabajadores, a pesar del éxito contra el COVID19. Una de las características del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) es el financiamiento del Régimen Contributivo basado de un porcentaje del salario de los trabajadores. Concretamente, en el Seguro Familiar de Salud (SFS) con el 10.13% del salario cotizable. En esas [Seguir Leyendo...]

El círculo vicioso de la desprotección social

La gran mayoría de los trabajadores ganan poco y  no pueden aumentar los aportes; los crecientes copagos los empobrecen más; la insuficiente cobertura de servicios médicos acelera el gasto familiar de bolsillo,  y cada dos años el aumento de la cápita los beneficia menos Celebramos el acuerdo de la Comisión Bicameral que dispone la indexación anual de las pensiones de acuerdo al índice de precios al consumidor (IPC), una disposición contenida en la Ley 87-01, pero que ahora se establece anualmente y para todos los pensionados y jubilados del país.  Además, dicha Comisión acordó que los patronos (¿?) “solo les puedan descontar a los pensionados, lo relativo a la salud”. También, que las enfermedades mentales y la asistencia médica a los afiliados autistas, sean cubiertas por las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS). Ante esta decisión, resulta pertinente recordar que, de acuerdo a la Ley 87-01, las ARS no tienen [Seguir Leyendo...]

¿Cómo se calcula la cápita del PBS?

El bloqueo de las reformas dispuestas por la Ley, genera un desequilibrio financiero que se cubre con una cobertura de servicios prácticamente estancada y con copagos ilegales que, sólo el año pasado, se estiman en más de 65,900 millones para el Contributivo La Ley 87-01 destina el 9.53% del salario cotizable a financiar el Plan Básico de Salud (PBS). El salario promedio equivale es de 28,987.10, lo que arroja un aporte de 2,762.47 mensual por titular, para garantizar los servicios médicos y de salud al titular y sus dependientes. La cápita mensual del PBS se calcula dividiendo los 2,762.47 entre la carga familiar (2.2): 1.0 titular + 1.2 dependientes, 1,255.67 mensual por afiliado. La cobertura de servicios del PBS depende: 1) del nivel general del salario; 2) del porcentaje de cotización; 3) de la proporción para el cuidado de la salud de las personas; y 4) de la cantidad de [Seguir Leyendo...]

Trabajador: 54.1%, empleador 45.9%

El Seguro Familiar de Salud arroja un déficit de 575,200.9 millones de pesos, equivalente al 34.4%, debido a  la ausencia de la atención primaria, de un verdadero Plan Básico de Salud (PBS) y a la vigencia de un modelo de atención excluyente,  ineficiente y costoso Las Cuentas Nacionales del Banco Central indican que  el gasto nacional en salud equivale al 6.2% del producto interno bruto (PIB). Se estima en 1,150.4 millones de pesos el gasto de bolsillo durante el período 2008-2021, el 41.8% del gasto nacional en salud. Este alto porcentaje se ha mantenido invariable, desde el 2007 cuando se impusieron copagos generalizados a los servicios médicos.  Asumiendo que los copagos del Régimen Contributivo sólo representan el 50% del total del gasto de bolsillo, un supuesto muy conservador, tenemos un acumulado de 575,200.9 millones. Este monto equivale al 34.4% del gasto total del Plan de Servicios de Salud (PDSS), como [Seguir Leyendo...]

Preguntas a la SIPEN

Las precisiones de la SIPEN sobre la reducción del fondo de pensión de los trabajadores han aclarado algunos puntos, pero han dejado varias interrogantes que ameritan una respuesta inmediata para mayor transparencia y tranquilidad de los afiliados La explicación ofrecida por la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) sobre la rebaja súbita del fondo de capitalización individual de millones de trabajadores dominicanos ha aclarado algunos puntos, pero quedan unas cuantas preguntas que requieren respuestas claras y precisas. De acuerdo al Art. 108 de la Ley 87-01, corresponde a la SIPEN “proteger los intereses de los afiliados, velar por la solvencia financiera de las AFP”, “fiscalizar a las AFP en cuanto en cuanto al mantenimiento, operación y aplicación de la garantía de rentabilidad, al fondo de reserva de fluctuación de rentabilidad”, entre otras funciones. La SIPEN señaló, que desde finales de noviembre 2021, el Banco Central ha ido aumentando la tasa de interés [Seguir Leyendo...]

Por fin retornó la sensatez

Celebramos el retorno a la normalidad escolar, y llamamos a reflexionar sobre la impopularidad y los daños de los frecuentes paros y huelgas que erosionan el derecho a la salud y a la educación de las familias más pobres y vulnerables Por fin la Asociación Dominicana de Profesores (ADP) acordó con el Ministerio de Educación (Minerd), el retorno a las clases presenciales, terminando el impase entre el gremio magisterial y las autoridades de educación, con daños incalculables a la educación básica y a la institucional del país. Además, la ADP aceptó completar el calendario escolar, a fin de que los tres millones de niños puedan recuperar el tiempo perdido y concluir el ciclo educativo sin nuevos tropiezos. Ambas acordaron continuar e intensificar la campaña de vacunación de los maestros, alumnos y del personal administrativo. Se recuerda que hace dos semanas los ministerios de Salud y Educación, previa evaluación de la situación [Seguir Leyendo...]

12 Reformas estructurales postergadas (1)

Las 12 reformas estructurales pendientes indican que las PSS tradicionales se aferran al viejo seguro de enfermedad, contra un verdadero seguro familiar de salud, basado en una atención primaria organizada por niveles de atención La ausencia de un verdadero Plan Básico de Salud (PBS) constituye la principal fuente de exclusión de servicios médicos, con un costo millonario en copagos ilegales. Aunque la Ley 87-01, establece el Plan Básico de Salud (PBS) como la columna vertebral del Seguro Familiar de Salud (SFS), todavía 20 años después no ha sido implementado. En su lugar, existe el llamado Plan de Servicios de Salud (PDSS), que no cumple con los requisitos técnicos y financieros del PBS y que dispone el cobro de copagos multimillonarios a los afiliados. El retraso en la afiliación de los trabajadores autónomos constituye la mayor exclusión social por tratarse de la mayoría de la población económicamente activa (PEA). Los trabajadores [Seguir Leyendo...]

12 Reformas estructurales postergadas (2)

Estas 12 reformas son el resultado de varias consultorías con préstamos del BID y del Banco Mundial, realizadas durante más de una década para: 1) elevar las condiciones de salud del país; y 2) mejorar la calidad y oportunidad de los servicios públicos. Sin una garantía de un seguro médico para los nuevos pensionados y jubilados éstos quedan desprotegidos en la etapa de su vida en que más lo necesitan. Mediante la Resolución No. 422-04, el CNSS autorizó al Seguro Nacional de Salud (SENASA) a afiliar directamente como beneficiarios del Seguro Familiar de Salud del Régimen Subsidiado a los pensionados y jubilados del Estado. Dispuso un descuento del 6.4% de su pensión  con un tope de cotización de 10 salarios. Obviamente, esta disposición contraviene la letra y el espíritu de la Ley 87-01, ya que la misma dispone un porcentaje lo más solidario posible, y en este caso el 6.4% [Seguir Leyendo...]